Consejo de Investigación y Evaluación de la Política Social

Secretaría de Bienestar

Zonas de Atención Prioritaria 2024

Dando cumplimiento a los artículos 29 y 30 de la Ley General de Desarrollo Social, el 25 de noviembre de 2023, la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2024, con base en los Criterios Generales para la Determinación de las Zonas de Atención Prioritaria 2024, emitidos en julio de 2023 por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), así como en los resultados de los estudios de medición de la pobreza y los indicadores asociados.

  1. Zonas de Atención Prioritaria Rurales: 1,325 municipios que se encuentran en 32 entidades federativas y que cumplen con alguna de las siguientes condiciones: son de muy alta o alta marginación, o tienen muy alto o alto grado de rezago social, o el porcentaje de personas en pobreza extrema es mayor o igual al 50%, o son municipios indígenas o afromexicanos, o de alto nivel delictivo y son municipios no urbanos.
  2. Zonas de Atención Prioritaria Urbanas: 43,182 Áreas Geoestadísticas Básicas (AGEBS) urbanas en 4,528 localidades urbanas de 2,371 municipios y que cumplen las siguientes condiciones: AGEBS urbanas con muy alto o alto grado de marginación, o muy alto o alto grado de rezago social, o porcentaje de personas en condición de pobreza mayor al 34%, o AGEBS urbanas ubicadas en municipios considerados como Zonas de Atención Prioritaria Rurales.


En razón a lo anterior y con fundamento en el artículo 25 bis de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México, el Consejo de Investigación y Evaluación de la Política Social (CIEPS), integra y publica, en la página electrónica del Organismo, las Zonas de Atención Prioritaria (ZAP) rurales y urbanas correspondientes al Estado de México para el año 2024, las cuales tienen como propósito orientar los recursos, las obras y acciones que contribuyan a disminuir la marginación, el rezago social, la pobreza y las carencias sociales, abonando al fortaleciendo la política social con enfoque de derechos en favor de las y los mexiquenses y sus familias.

  1. Zonas de Atención Prioritaria Rurales: en 44 municipios que se encuentran en la entidad y que cumplen con alguna de las siguientes condiciones: son de muy alta o alta marginación, o tienen muy alto o alto grado de rezago social, o el porcentaje de personas en pobreza extrema es mayor o igual al 50%, o son municipios indígenas o afromexicanos, o de alto nivel delictivo y son municipios no urbanos. Descarga aquí.
  2. Zonas de Atención Prioritaria Urbanas: distribuidas en 2,869 Áreas Geoestadísticas Básicas (AGEBS) urbanas de 487 localidades urbanas pertenecientes a 116 municipios y que cumplen las siguientes condiciones: AGEBS urbanas con muy alto o alto grado de marginación, o muy alto o alto grado de rezago social, o porcentaje de personas en condición de pobreza mayor al 34%, o AGEBS urbanas ubicadas en municipios considerados como Zonas de Atención Prioritarias Rurales.