Consejo de Investigación y Evaluación de la Política Social

Secretaría de Bienestar

Comité de Transparencia

Definición de Comité de Transparencia

El Comité de Transparencia es el cuerpo colegiado integrado para resolver sobre la información que deberá clasificarse, así como para atender y resolver los requerimientos de las Unidades de Transparencia y del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (INFOEM). 

Funciones del Comité de Transparencia

  1. Instituir, coordinar y supervisar, en términos de las disposiciones aplicables, las acciones y los procedimientos para asegurar la mayor eficacia en la gestión de las solicitudes en materia de acceso a la información;

  2. Confirmar, modificar o revocar las determinaciones que, en materia de ampliación del plazo de respuesta, clasificación de la información y declaración de inexistencia o de incompetencia realicen los titulares de las áreas del CIEPS;

  3. Ordenar, en su caso, a las áreas competentes que generen la información que derivado de sus facultades, competencias y funciones deban tener en posesión o que previa acreditación de la imposibilidad de su generación, exponga, de forma fundada y motivada, las razones por las cuales, en el caso particular, no ejercieron dichas facultades, competencias o funciones;

  4. Establecer políticas para facilitar la obtención de información y el ejercicio del derecho de acceso a la información;

  5. Promover la capacitación y actualización de los Servidores Públicos o integrantes adscritos a las Unidades de Transparencia;

  6. Establecer programas de capacitación en materia de transparencia, acceso a la información, accesibilidad y protección de datos personales, para todos los Servidores Públicos o integrantes del CIEPS;

  7. Recabar y enviar al INFOEM, de conformidad con los lineamientos que estos expidan, los datos necesarios para la elaboración del informe anual;

  8. Solicitar y autorizar la ampliación del plazo de reserva de la información;

  9. Aprobar, modificar o revocar la clasificación de la información;

  10. Supervisar la aplicación de los lineamientos en materia de acceso a la información pública para el manejo, mantenimiento y seguridad de los datos personales, así como de los criterios de clasificación expedidos por el INFOEM;

  11. Elaborar un programa para facilitar la sistematización y actualización de la información, mismo que deberá remitirse al Instituto dentro de los primeros veinte días de cada año;

  12. Recabar y enviar al Instituto, de conformidad con los lineamientos que éste expida, los datos necesarios para la elaboración del informe anual;
  13. Emitir las resoluciones que correspondan para la atención de las solicitudes de información;
  14. Dictaminar las declaratorias de inexistencia de la información que les remitan las unidades administrativas y resolver en consecuencia;
  15. Supervisar el registro y actualización de las solicitudes de acceso a la información, así como sus trámites, costos y resultados;
  16. Fomentar la cultura de transparencia;
  17. Supervisar el cumplimiento de criterios y lineamientos en materia de información clasificada; y
  18. Vigilar el cumplimiento de las resoluciones y recomendaciones que emita el INFOEM;Vigilar el cumplimiento de las resoluciones y recomendaciones que emita el INFOEM.

Las presentes funciones son de conformidad a lo establecido en el artículo 49 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios.

Actas del Comité de Transparencia

Sesiones Ordinarias

Primera Sesión Ordinaria - 18 de marzo de 2022.

Segunda Sesión Ordinaria - 15 de julio de 2022.- Acuerdo 003-CIEPS-CT-002-ORD-2022

Tercera Sesión Ordinaria - 16 de diciembre de 2022.-Acuerdo 008-CIEPS-CT-003-ORD-2022

Sesiones Extraordinarias

Primera Sesión Extraordinaria - 23 de febrero de 2022.

Segunda Sesión Extraordinaria - 10 de mayo de 2022.- Acuerdo 002-CIEPS-CT-002-EXT-2022

Tercera Sesión Extraordinaria - 19 de agosto de 2022.- Acuerdo 002-CIEPS-CT-003-EXT-2022 

                                                                                                             Acuerdo 003-CIEPS-CT-003-EXT-2022

Cuarta Sesión Extraordinaria - 30 de septiembre de 2022.

Sesiones Ordinarias

Primera Sesión Ordinaria - 31 de marzo de 2023 - Acuerdo 005-CIEPS-CT-001-ORD-2023 

Segunda Sesión Ordinaria - 14 de julio de 2023 - Acuerdo 004-CIEPS-CT-002-ORD-2023 

Tercera Sesión Ordinaria - 15 de octubre de 2023 - Acuerdo 003-CIEPS-CT-003-ORD-2023 

Cuarta Sesión Ordinaria - 15 de diciembre de 2023 - Acuerdo 005-CIEPS-CT-004-ORD-2023 

Sesiones Extraordinarias

Primera Sesión Extraordinaria - 06 de enero de 2023 

Segunda Sesión Extraordinaria - 07 de noviembre de 2023 - Acuerdo 002-CIEPS-CT-002-EXT-2024

Tercera Sesión Extraordinaria - 14 de noviembre de 2023 

Sesiones Ordinarias

Primera Sesión Ordinaria - 2 de abril de 2024 - Acuerdo 005-CIEPS-CT-001-ORD-2024 

Segunda Sesión Ordinaria - 5 de julio de 2024 - Acuerdo 005-CIEPS-CT-002-ORD-2024 

Sesiones Extraordinarias

Primera Sesión Extraordinaria - 12 de enero de 2024 - Acuerdo 003-CIEPS-CT-00-EXT-2024

Requisitos para ingresar una solicitud de acceso a la información

De conformidad con el artículo 155 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios para presentar una solicitud por escrito, los requisitos son los siguientes:

  • Nombre del representante o, en su caso, los datos generales de su representante;
  • Domicilio o, en su caso, correo electrónico para recibir notificaciones;
  • La descripción de la información solicitada;
  • Cualquier otro dato que facilite la búsqueda y eventual localización de la información; y
  • La modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a la información (verbal, consulta directa, expedición de copias simples o certificadas, o la reproducción de otro medio, incluido los electrónicos).

El formato para ingresar solicitudes de acceso a la información pública, se puede descargar aquí.

Requisitos para ingresar una solicitud de derechos ARCO

Para el ejercicio de los derechos ARCO será necesario acreditar la identidad del titular y en su caso la identidad y personalidad con la que actúe el representante.

El formato para ingresar solicitudes de derechos ARCO, se puede descargar aquí.


Enlaces de información sustantiva

De conformidad con los artículos 13 y 14 fracción XII del Reglamento Interior del Consejo de Investigación y Evaluación de la Política Social, frente a cada unidad administrativa que conforma al CIEPS habrá una persona titular, misma que tendrá dentro de sus atribuciones proporcionar, en el ámbito de su competencia, la información, datos o el apoyo técnico que le sea requerido. Motivo por el cual los enlaces de información vigentes son:

Nombre de la persona titular

Cargo

Lcda. Dulce María Ramírez Garfias   Subdirectora de Investigación y Evaluación
Lcda. Gina Sánchez Peña

  

  Subdirectora de Vinculación, Difusión e

  Igualdad de Género

 

Mtro. Alejandro Ayala Apolinar   Jefe de la Unidad de Apoyo Administrativo